El Gobierno reglamentó la medida que permitirá cobrar la atención médica a los extranjeros que no tengan residencia en la Argentina y sean atendidos en hospitales públicos administrados por el Estado nacional. La medida fue oficializada a través del Boletín Oficial por el Ministerio de Salud, a cargo de Mario Lugones, y reglamenta uno de los puntos incluidos en la reforma migratoria impulsada por el Ejecutivo.

La resolución establece un “Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional”, con el objetivo de unificar los criterios para la atención y recuperación de los costos de las prestaciones brindadas a personas no residentes.
La normativa surge a partir del DNU 366/2025, firmado por el presidente Javier Milei en mayo del año pasado. El decreto modificó distintos aspectos del régimen migratorio, entre ellos las condiciones para ingresar al país y acceder a la residencia permanente, y habilitó el cobro de determinados servicios en hospitales y universidades nacionales a extranjeros que no sean residentes.

