:::::::: Escuchar Radio 91.7 Mhz en Vivo ::::::::

DEFINEN QUIÉN TOMARÍA EL LUGAR DE MANUEL ADORNI SI SE AUSENTA DE LA JEFATURA DE GABINETE

A través de un decreto, el Ejecutivo definió un nuevo mecanismo para cubrir interinamente el cargo. Hasta ahora, se designaba a cualquiera de los ministros para cumplir con las funciones.

El Gobierno estableció un nuevo mecanismo para cubrir el cargo de jefe de Gabinete de manera interina ante una eventual ausencia transitoria de Manuel Adorni, quien actualmente desempeña esa función.

La medida se implementó a través del Decreto 130/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei y el propio Adorni.

El texto modifica el artículo 9 del Decreto 977/1995, que definió las funciones del jefe de Gabinete, un por entonces flamante cargo creado por la reforma constitucional de 1994, que definía que el reemplazo estaría a cargo de cualquiera de los ministros, designado por el Poder Ejecutivo.

En los considerandos, el Poder Ejecutivo indicó que la modificación tiene “el objetivo de lograr un mejor funcionamiento de la Administración Pública Nacional”.

El nuevo mecanismo de reemplazo del jefe de Gabinete

El decreto modifica el artículo 9 de la norma anterior, y establece que “en los casos de ausencia del Jefe de Gabinete de Ministros con motivo de viaje al exterior de la República, desplazamientos en cumplimiento de misiones específicas de gobierno u otros casos de necesaria ausencia transitoria de sus funciones, la Jefatura de Gabinete de Ministros será desempeñada interinamente por el titular del Ministerio de Capital Humano“, actualmente a cargo de Sandra Pettovello.

En caso de que el responsable de esa área también se encontrara imposibilitado, quien se hará cargo del rol de ministro coordinador será el titular del Ministerio de Defensa, hoy encabezado por Carlos Presti.

En estos casos, el traspaso de funciones deberá formalizarse mediante una notificación previa. “En esos supuestos, dicho interinato se producirá previa comunicación efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros a la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación”, indica la norma.

Sin embargo, a diferencia del decreto original, que implicaba la suspensión de su trabajo en su ministerio, la nueva redacción define que “el reemplazo transitorio no impedirá el normal ejercicio de las funciones inherentes a su ministerio”.

Social media & sharing icons powered by UltimatelySocial