La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica informó que los productos médicos y sus accesorios podrán comprados en el exterior solo con marcada fecha de vencimiento para, de esta manera, reducir los costos.
Mediante el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó que no podrán importarse productos médicos y sus accesorios con fecha de vencimiento y/o expiración inferior a un año. De este modo, se reducirán los costos en el marco del acuerdo entre el Gobierno y los dueños de las prepagas de mantener los valores.
Si hay adulteraciones en la fecha de vencimiento en el envase original, sea cual fuere el medio empleado para ello, hará al responsable pasible de las sanciones establecidas en la Ley N°16.463, “sin perjuicio de instruirse la denuncia correspondiente cuando la irregularidad constituya un acto ilícito tipificado en el código penal”.
Esto se da a menos de una semana de que el Ministerio de Salud se comprometa con los dueños de las prepagas a mantener estables los costos de la salud a cambio de que los incrementos se ubiquen por debajo de la inflación. Por eso, se busca reducir los costos.
Previamente, el período era de al menos un año y ahora los productos médicos que representan cerca del 30% del gasto de clínicas y hospitales puedan ser importados con un plazo de caducidad de solo seis meses.