EL GOBIERNO APELÓ AL FALLO QUE HABILITÓ LA FERIA PARA TRATAR POR SEPARADO LOS AMPAROS CONTRA EL MEGA DNU
El Gobierno calificó la resolución del juez en lo Contencioso Administrativo Federal Enrique Lavié Pico como generadora de “gravedad institucional, escándalo e inseguridad jurídica” y causante de “agravio irreparable al Estado”.
El Gobierno apeló este lunes el fallo del juez de primera instancia del fuero Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, que habilitó la feria judicial para que se traten por separado los amparos contra el Decreto de Necesidad y Urgencia que desregula la economía.
“Venimos a interponer formal recurso de apelación contra la sentencia de fecha 4/1/2024 que fue notificada a esta parte en igual fecha, por causar agravio irreparable al Estado Nacional”, se indicó en una apelación presentada por los abogados del Gobierno a la justicia.
Para el Ejecutivo, la decisión Lavié Pico generó “gravedad institucional, escándalo e inseguridad jurídica”. “El juez de feria en lo Contencioso Administrativo ha resuelto, por fuera de los límites de su jurisdicción, en contraposición a las normas procesales y al procedimiento reglado en la Acordada 12/2016, generando un estado de inseguridad jurídica. Así afectó el derecho de defensa de esta parte y el debido proceso”, sostiene la presentación oficial.
“La gravedad institucional de semejante decisión es evidente porque se dicta en el momento en que estaba pendiente de resolución un conflicto de competencia planteado entre la Justicia Nacional del Trabajo y el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal”, agregaron.
Para el Gobierno, la revisión del DNU “constituye una resolución arbitraria” ya que “se dictó con motivo de una apelación efectuada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y con conocimiento de la sentencia inhibitoria y la existencia de un proceso colectivo iniciado con anterioridad”.
El Gobierno también remarcó que si la Cámara de Apelaciones “no hiciera lugar a la apelación de esta representación, se mantiene la cuestión federal y la reserva de ocurrir oportunamente ante la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación”.