L GOBIERNO NACIONAL ACLARÓ COMO SERÁ EL FUNCIONAMIENTO DE LA TERCERA VERSIÓN DEL DÓLAR SOJA

Fue a través de una Resolución de la Secretaría de Agricultura. Se otorgará una prorroga a las empresas exportadoras, que formarán parte de la medida, para que puedan cumplir con las fechas de embarques, entre otras disposiciones.

El Gobierno oficializó cómo funcionará la tercera versión del dólar soja, que se extenderá hasta el próximo 31 de mayo y a un tipo de cambio de 300 pesos por dólar. Hoy en el Boletín Oficial se publicó la Resolución 115/2023, mediante la cual la Secretaría de Agricultura fijó las principales medidas que deberán cumplir todos aquellos que adhieran al Programa Incremento Exportador (PIE).

La disposición se aguardaba en el sector privado, luego que ayer durante el primer día de vigencia del dólar soja 3 fueron muchas las dudas y consultas sobre el alcance del Decreto de Necesidad y Urgencia restablecimiento el PIE, ya que no contaba con medidas reglamentarias por parte de la Secretaría de Agricultura. Todo esto derivó en un bajo nivel de comercialización de soja, especialmente en la zona del Gran Rosario. Por otro lado, se aguarda también con expectativa el listado oficial sobre las producciones que serán alcanzadas por el dólar economías regionales, que rige hasta el 31 de agosto.

Entre las principales medidas que adoptó el Gobierno en la mencionada Resolución, surgen la prórroga extraordinaria que se le otorgará a las empresas exportadoras que formarán parte del nuevo dólar soja, para que puedan cumplir con las fechas de embarque y que no se generen problemas en la logística, a través de la concentración de embarques en los diferentes puertos granarios. Además, se definió que no se podrán registrar nuevas exportaciones con un plazo de embarque de 30 días (DJVE 30) posteriores al momento de realizar la declaración de la operación ante la Secretaría de Agricultura.

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