Elecciones: medidas sanitarias que los electores deberán saber

La Cámara Nacional Electoral aprobó el protocolo sanitario de prevención del Covid-19 para los comicios, que establece medidas sanitarias y organizativas para evitar contagios de coronavirus e incorpora, por primera vez, la figura de los facilitadores sanitarios.

Este protocolo elaborado en forma conjunta por la Dirección Nacional Electoral del Ministerio de Interior y el Ministerio de Salud conlleva algunas medidas particulares que los electores deberán saber y que se explica a continuación con una guía electoral. Estás disposiciones implementarán en las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (Paso) del 12 de septiembre y generales del 14 de noviembre.

1. Menos número de mesas por escuela

A raíz de ello, en Santiago del Estero se agregarían 120 locales comiciales y según señalaron fuentes calificadas, los principales cambios se darían en las principales urbes donde hay mayor concentración de votantes por local comicial. Por el contrario, esto no impactaría en la zona rural. Es por eso que habrá que estar atento y hacer la consulta dónde votar ya que puede haber cambios.

2. Facilitador sanitario

Los facilitadores sanitarios, mientras se encuentren desempeñando esa función, deberán atenerse exclusivamente a los protocolos y directivas impartidas por la justicia nacional electoral y no podrán recibir instrucciones de ninguna otra autoridad.Habrá un horario especial para los grupos de riesgo.

3. Higiene y sanitización de escuelas

El Ministerio del Interior deberá proveer para las mesas de sufragio y en cada establecimiento de votación productos de higiene y sanitización, y elementos de protección personal (barbijos, máscaras de protección y/o mamparas); de características adecuadas y suficientes para garantizar la preservación de la salud de las personas durante toda la jornada electoral.

4. Horario especial para grupos de riesgo

Se dispone una franja horaria prioritaria para personas que integren los grupos de riesgo, entre las 10.30 y las 12.30.

5. Sugerir reducir cantidad de fiscales

Se requerirá la colaboración de los partidos políticos para el correcto desarrollo del proceso electoral. Es por ello que se exhortará a las agrupaciones políticas a que, con el objeto de reducir el aforo de los establecimientos de votación, “consideren mantener simultáneamente dentro de cada establecimiento de votación la cantidad mínima necesaria de fiscales partidarios.

6. Los exceptuados de votar a raíz del Covid

El protocolo aprobado por la CNA dispone “que se incorpore al portal habilitado para consulta al Registro de infractores y solicitudes de justificación de no emisión del voto (infractores.padron.gob.ar) las causales específicas de justificación de no emisión del voto -comprendidas dentro de las previsiones del artículo 12 del Código Electoral Nacional pertinentes para que soliciten a través de Internet la justificación de la no emisión del voto quienes a la fecha de la elección estén cumpliendo protocolos de aislamiento de Covid-19 (por contagio confirmado, caso sospechoso o contacto estrecho), como también de quienes por estar comprendidos dentro del Poder Judicial de la Nación e integran grupos de riesgo que tuvieran indicación médica de no concurrencia a espacios de las características de un establecimiento de votación”.

7. ¿Qué pasa si una persona con síntomas acude a votar?

El protocolo también dispone que, en caso de presentarse a sufragar un elector que exhiba síntomas evidentes compatibles con Covid-19 o que por cualquiera otra circunstancia conformare un caso sospechoso de Covid-19 en los términos de lo previsto por las normativas sanitarias vigentes, será informado de que se encuentra justificada su no emisión del voto y que debe retirarse a cumplir aislamiento preventivo.

8. Distanciamiento social

En otros de los puntos del protocolo, se requiere al Comando General Electoral colaboración para que se instruya a los agentes de custodia a fin de que colaboren con el Delegado de la Justicia Nacional Electoral y el facilitador sanitario en la aplicación de las medidas de prevención establecidas en el Protocolo y, en particular, las relacionadas con el orden y distanciamiento en el acceso a los establecimientos.

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